Revista EVALUACION DE RIESGOS LABORALES

Revista

¿cómo se realiza una evaluación de riesgos laborales del coronavirus?

evaluación de riesgos laborales del coronavirus

evaluación de riesgos laborales del coronavirus

08-03-2020

Al final del articulo tienes un enlace a un ejemplo de evaluación de riesgos laborales del coronavirus pero antes veamos porque no siempre se realiza una evaluación de riesgos laborales de agentes víricos.

El Real Decreto 664/1997 sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo, establece en su artículo 4, que “para aquellos riesgos que no hayan podido evitarse, se procederá a evaluar los mismos determinando la naturaleza, el grado y duración de la exposición de los trabajadores”.

En trabajos en los que no hay indicios ni actividades que puedan presuponer la presencia de focos de riesgos higiénicos no se realizan evaluación de esos riesgos sencillamente porque la ausencia de foco evita el riesgo. Por ejemplo, por norma general, en oficinas no se evalúan riesgo de exposición a agentes cancerígenos, virus del évola, VIH, radiaciones, etc. salvo que exista indicios de presencia del agente, por ejemplo, en hospitales existen equipos radiactivos y se evalúa el riesgo de esta radiación para determinar las medidas preventivas necesarias para lograr una situación de riesgo controlado. 

Por norma general la evaluación de riesgos contemplando la presencia de enfermedades víricas se realiza en centros sanitarios donde existe la posibilidad de presencia de este tipo de riesgos. Fuera de estos centros, suele ser suficiente con eliminar el foco de infección cuando aparece, como se ha dicho, si se elimina el foco se evita el riesgo. Por ejemplo, con la gripe, la baja laboral o enviar al enfermo a casa elimina el foco, no siendo necesario realizar la evaluación de riesgos dado que no existe foco.

El problema está en los casos asintomáticos y en que sea una epidemia grave con alta mortalidad. La gravedad de una epidemia la determinan las autoridades sanitarias de tal manera que si se indican posible sectores laborales con riesgo de exposición deberíamos realizar una evaluación de riesgos. En este sentido, el ministerio de sanidad ha emitido el PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN PARA LOS SERVICIOS DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES FRENTE A LA EXPOSICIÓN AL NUEVO CORONAVIRUS (SARS-COV-2)  el 5 de marzo de 2020, que podemos descargar del siguiente enlace.

https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov-China/documentos/Procedimiento_servicios_prevencion_riesgos_laborales_COVID-19.pdf

En la Tabla 1. "Escenarios de riesgo de exposición al coronavirus SARS-CoV-2 en el entorno laboral", define 3 grupos: EXPOSICIÓN DE RIESGO, EXPOSICIÓN DE BAJO RIESGO y  BAJA PROBABILIDAD DE EXPOSICIÓN. Solo en el caso de que nuestra actividad esté comprendida en los grupos de exposición (los dos primeros) estamos obligados a realizar una evaluación de riesgos. En el último grupo solo se realizaría una evaluación de riesgos si el servicio de prevención del centro tuviera indicios que justificasen su realización.

No obstante, pese a la obligatoriedad establecida por el Real Decreto 664/1997 de realizar la evaluación de riesgos cuando existe exposición, existen muchas dificultades sobre todo cuando la exposición no es deliberada, dado el escaso conocimiento e información disponible sobre los peligros biológicos (Solans Lampurlanés, 2016).

Otro tema de controversia y discusión es la necesidad, o no, de tomar muestras ambientales a fin de determinar el nivel de exposición o la gravedad del riesgo ante la presencia de bioaerosoles (suspensión en el aire de partículas sólidas o líquidas de origen microbiano compuestas por organismos vivos o derivados). Conforme a la INSST, las mediciones realmente se recomiendan en casos puntuales, en los que el objetivo de la medición ha de ser claramente definido y establecido:

- Actividades con intención deliberada de manipular agentes biológicos: para comprobar la eficacia de las medidas de contención implantadas en base a lo establecido en el art. 6.1. del Real Decreto 664/1997.

- Actividades sin intención deliberada de manipular agentes biológicos: se pueden realizar mediciones para comprobar la presencia de los agentes biológicos e identificar focos de contaminación, sólo si existen dudas sobre su presencia y de la misma manera que en el caso anterior, una vez adoptadas las medidas preventivas necesarias.

Una medición que confirmase la ausencia del agente justificaría no realizar la evaluación de riesgos y permitiría determinar que la situación esta controlada. Por otro lado una medición efectiva que confirmase la presencia del agente permitiría determinar el grado de exposición y facilitaría la evaluación de riesgos, la implantación de medidas y la comprobación de la efectividad de las medidas tomada . En cualquier caso, aun sin mediciones es posible realizar una evaluación de riesgos correctamente.

Es evidente que la exposición a contaminantes biológicos conlleva una problemática que no presentan otros contaminantes, puesto que no existe un método de evaluación establecido. A lo largo de los años, se han propuesto diferentes modelos cualitativos para realizar la evaluación de riesgos en aquellas actividades sin intención deliberada de manipular agentes biológicos o de utilizarlos en el trabajo, entre las que destacan:

- Método Biogaval, desarrollado en el año 2004 y que se ha ido mejorando, siendo la cuarta edición elaborada en el año 2018, la versión actual (Llorca Rubio, Soto Ferrando, & Benavent Nacher, 2018).

- Método desarrollado por el INSST en la NTP 833: Agentes biológicos, evaluación simplificada (Hernández Calleja, 2009).

El método del INSST es muy sencillo, el nivel de riesgo potencial se obtiene por cruce entre el nivel de exposición probable y las consecuencias. Las categorías de consecuencias corresponden a los cuatro grupos definidos en el Real Decreto 664/1997 para la clasificación de los agentes biológicos según el riesgo de infección que suponen. En el caso del coronavirus se trata del grupo G4.  Con una consecuencia del grupo G4 para cualquier nivel de exposición obtendremos un NRP (nivel de riesgo potencial) 4 . La propia NTP 833 nos indica la medidas que deben tomarse para controlar el riesgo.

El método BIOGAVAL-NEO consta de distintas variables a las que se les asigna una puntuación, permitiendo mediante una sencilla fórmula, alcanzar una conclusión “cuantitativa” acerca del riesgo derivado de la exposición a cada uno de los agentes biológicos contemplados. A modo de ejemplo se ajunta un archivo Excel con una evaluación de riesgos del coronavirus.

 


Palabras clave:

riesgos, laborales, coronavirus

ESTADISTICAS

Total desde publicación y últimos 5 años

181
TOTAL VISTAS
69
VISTAS 2024
8
VISTAS 2023
15
VISTAS 2022
28
VISTAS 2021
61
VISTAS 2020
Esta web utiliza cookies propias o de terceros para ofrecerte un mejor servicio. Al navegar por la web, aceptas el uso que hacemos de ellas. Puedes cambiar la configuración de cookies en tu navegador en cualquier momento.
OK